Qué puede hacer tu empresa

POR EL DESARROLLO Y EL FUTURO

Las donaciones a ONGDGLOBAL son beneficios fiscales a tu empresa a través de deducciones en cuota tanto del Impuesto sobre Sociedades como en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, ya que ONGDGLOBAL es una entidad beneficiaria de mecenazgo, enumeradas en el artículo 16 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.

IS

Desde el punto de vista del Impuesto sobre Sociedades, las donaciones dan derecho a una deducción en la cuota íntegra del 35% de la donación, pudiendo elevarse esta deducción al 40% si en los dos años anteriores se hubieran realizado donaciones a ONGDGLOBAL.

Existe un límite en la base de esta deducción del 10% de la base imponible del ejercicio, si bien, las cantidades que excedan este límite se podrán aplicar en los 10 años siguientes.

IRPF

Si tributa por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, de la cuota íntegra se puede deducir el 75% de los primeros 150 euros y de la parte que exceda de dicha cuantía un 30% o un 35% si en los dos años anteriores se hubieran realizado donaciones en beneficio de ONGDGLOBAL.

A la hora de aplicar esta deducción hay que tener en cuenta que la base sobre la que se calcula la deducción no puede exceder del 10% de la base liquidable del impuesto.